Como ya sabes, un PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) es la persona moral con la autorización por el SAT para emitir y procesar un CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet)
Hasta este 2022, son muchas empresas que el SAT ha dejado de autorizarlos.
En este artículo te explíco cuáles son las razones por las que puede el SAT revocar un PAC y que hacer si tu eras cliente de ellos.
¿En que consiste la actividad de un PAC?
La actividad principal es revisar y validar la información que contiene el archivo XML y asegurarse de que cumple con los requisitos del SAT.
Después de validar, el PAC timbra o certifica el archivo y lo convierte en un CFDI.
Finalmente, le envía al SAT copia de estos archivos.
¿Porqué revoca un PAC?
Hay algunos motivos principales:
- El PAC eligió no renovar autorización.
- Desistió en caso de iniciar el trámite.
- Desapareció o cambió de giro la empresa.
Además de estas situaciones, el SAT considera las siguientes razones:
- Al gravar, ceder o transmitir parcial o totalmente los derechos de la autorización.
- Incumplir con las obligaciones impuestas por el SAT.
- Declararse en quiebra.
- Proporcionar información falsa en cuanto a los requisitos que pide el SAT.
- Si al certificar CFDI se detecta que no fueron validados correctamente.
- Al recibir tres o más amonestaciones por incumplimiento con sus obligaciones.
PAC revocados
Esta es la lista actualizada según el SAT de Proveedores de Certificación revocados. (Nombre comercial)
- Wfactura
- Facturación Electrónica S.A. de C.V.
- ProFact
- FINKOK
- NSM
- FacE MasNegocio
- Megafactura
- BBVA
- PAX Facturación
- FactuPronto
- Facturación Moderna
- Facturaxion
- rfácil
- Sefactura
- SeguriData Privada, S.A. de C.V.
- Digital Invoice
- iTimbre
Si deseas conocer más detalles sobre estos PAC’s y la fecha de revocación, puedes acceder a la página del SAT directamente aquí Proveedores revocados, SAT.
Entonces ¿Qué hago si mi proveedor fue revocado?
Si tu proveedor fue revocado, tendrá 30 días naturales para seguir prestando el servicio de timbrado, pero NO podrá contratar ni ofrecer el servicio a nuevos clientes.
Deberá, informar a sus clientes a través de un correo electrónico sobre su revocación, además de hacerlo público en su página de internet. En el cuál dará a conocer la fecha en la que terminará su actividad.
Finalmente, lo importante es que sigas en contacto con éste para que sepas cómo es el proceso a seguir y evalúes tus alternativas.
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