CFDI 4.0 – Mitos y realidades sobre la nueva versión

Contenidos del post

En un post anterior sobre el CFDI 4.0 te platiqué sobre los cambios más relevantes sobre esta nueva versión.

Gracias a la prórroga que otorgó el SAT, aún estamos en periodo de convivencia con la versión 4.0.

Recuerda que hasta el 01 de enero de 2023, será la 4.0 la única versión aceptada para facturar.

Dicho esto, te comparto los 9 mitos y realidades que te ayudarán a entender rápido y sencillo la nueva versión de CFDI.

 

CFDI 4.0 Principales cambios

Antes de iniciar, te comparto de forma breve los principales cambios en esta nueva versión

  • Incluir de manera obligatoria el nombre, y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
  • Se agregaron campos para que el SAT pueda identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
  • Se encuentra un campo para identificar si las operaciones que ampara el comprobante son objetos de impuestos indirectos.
  • Mejora en la información global, se trata de en las operaciones de público en general, que permita reflejar a cuenta de quien estoy cobrando un ingreso y a cuenta de quien pertenece el ingreso.

 

En las cancelaciones:

  • Se necesita agregar el motivo de la cancelación del comprobante.
  • Definir los plazos para realizar la cancelación de facturas.

CFDI 4.0 MITOS

CFDI 4.0 – Mitos y Realidades

Ahora sí, vamos a despejar algunas dudas con los mitos sobre esta nueva versión.


MITO 1

El CFDI 4.0 es obligatorio desde el 1° de Enero de 2022

REALIDAD

La versión CFDI 4.0 si entró en vigor el 1° de Enero, sin embargo estamos hasta el 01 de enero de 2023 en un periodo de convivencia. Es decir es un periodo para ir aprendiendo e implementando los cambios.

El 1° de enero de 2023 será obligatorio y la 4.0 será la única versión con validez.

 


MITO 2

El cliente puede negar pagar si no se emite una factura en la versión 4.0

REALIDAD

¡No! Emitir facturas en este periodo de convivencia son 100% válidas en ambas versiones, tanto la 3.3 como la 4.0

 


MITO 3

Si se realiza una factura en la versión 4.0 en este periodo, ya no se puede generar una factura con la versión 3.3

REALIDAD

¡Falso! No pasa nada, en este periodo se puede emitir un CFDI 3.3 y también con la versión 4.0.

 


MITO 4

Se debe registrar el domicilio completo del receptor del comprobante

REALIDAD

¡Para nada! Solamente se debe registrar el Código Postal del domicilio fiscal del receptor del CFDI.

 


MITO 5

Al estar generando la factura, se debe capturar el nombre del cliente en MAYUSCULAS y minúsculas.

REALIDAD

Sólo y solo si, así se encuentra en la Constancia de Situación Fiscal. Entonces, NO es obligatorio capturarlo de esa manera, sino como se encuentre escrito en la Constancia.

 


MITO 6

¿Si no proporciono mi e-mail, no podrán emitirme mi factura?

REALIDAD

¡NO! De hecho el e-mail no es un requisito de CFDI, lo son únicamente:

  1. RFC
  2. Nombre Completo
  3. Código Postal del domicilio fiscal
  4. Régimen Fiscal
  5. Uso fiscal que se le dará a la factura.

 


MITO 7   –  FACTURA DE NÓMINA

Debo solicitar a mis trabajadores su domicilio particular completo para generar sus facturas de nómina.

REALIDAD

Tal como el mito 4, no es obligatorio. Pero los siguientes datos si son requisitos:

  1. RFC
  2. Nombre completo
  3. Código postal del domicilio fiscal del trabajador.

 


MITO 8   – CANCELACIÓN

No es posible cancelar facturas de años anteriores

REALIDAD

Si se permite realizar la cancelación de facturas de años anteriores al año 2021 y hasta el 30 de septiembre de 2022 siempre y cuando cumplan los requisitos que específica la RMF 2022(Resolución Miscelánea Fiscal)

 


MITO 9   – CANCELACIÓN

No se puede cancelar una factura que marque error cuando sea 01 el motivo.

REALIDAD

Cuando al seleccionar el motivo de cancelación 01 presente un error, se puede utilizar la clave 02.

 

 

Conclusión

En este artículo, he querido hablar de los mitos que hasta ahora han surgido en la nueva versión de CFDI 4.0. Lo importante es aprovechar este periodo de convivencia, para aclarar dudas, e ir probando las modificaciones teniendo aun la versión 3.3.

Espero que haya sido de utilidad este artículo, seguiré apoyándote a aclarar dudas al respecto de este tema de una forma más sencilla.

 

 

 

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